martes, 25 de octubre de 2011

Demanda contra GCBA rechazada. Responsabilidad de padres.

La Justicia rechazó una demanda contra la Comuna porteña por los daños que sufrió un chico al tirarse de un tobogán.
Responsabilizó a la madre por "no cumplir con su deber de tomar medidas del caso para prevenir accidentes".
Los jueces consideraron que el juego no resultaba apto para un chico de 2 años.
N. A. V. y otro c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/ daños y perjuicios

Considero del caso resaltar que cuando los niños, por su corta edad, carecen de la estabilidad, por su falta de madurez neurológica y psicológica, necesaria para mantenerse atentos y alejados de los riesgos que los rodean, el sentido común indica que corresponde a los padres, o a quienes bajo cuya supervisión se encuentren los menores, poner en marcha los mecanismos o adoptar las conductas adecuadas para suplir sus falencias, extremando los recaudos para resguardar su integridad.

Debo señalar también que, por mucho que se profundice en el concepto de una culpa objetivada del dueño o guardián de la cosa considerada riesgosa, o se afine el de la culpa apreciada en sí misma, lo cierto es que no puede prescindirse, según se ha visto, de la incidencia causal decisiva del hecho de la víctima y de la culpa de quien debía dirigir su conducta, de manera que más que de causales de exención de una responsabilidad presumida o probada, corresponde hablar de circunstancias que impiden la configuración de la responsabilidad civil, precisamente por no llegar a concretarse el necesario vínculo de causalidad adecuado entre algún factor de imputación y el daño (Trigo Represas, F. A. López Mesa, M. J., "Tratado de la responsabilidad civil", t. III, p. 362 y sus citas en nota 262).

No me cabe duda entonces que el nexo de causalidad está totalmente interrumpido por la omisión culposa de quien tenía la responsabilidad directa de velar por la seguridad del menor (cfr. art. 264 del Cód. Civil), configurándose una de las eximentes del art.1113 del mismo cuerpo normativo.

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